1 .1 BENEFICIARIOS
A.- Los deudores de Crédito Universitario que a contar del 01 de enero de 2009 se incorporen a prestar servicios remunerados en las municipalidades, corporaciones y fundaciones municipales y asociaciones municipales, correspondientes a comunas con menores niveles de desarrollo del país; y
B- Los deudores que cumpliendo los requisitos que señala la Ley y el Reglamento para la aplicación de la Ley N° 20.330, se incorporen a prestar servicios remunerados en corporaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales, que presten funciones de apoyo a los municipios de las comunas con menores niveles de desarrollo del país, en ámbitos tales como el social, productivo, urbano o ambiental,
Cupos Región de Ñuble: 26 (renovantes y nuevos beneficiarios)
1.2 SOBRE PRESTACION DE SERVICIOS
Los postulantes deberán efectuar la prestación de servicios remunerados en alguna de las Municipalidades, Corporaciones y Fundaciones Municipales, Asociaciones Municipales o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud o en la Fundación para la Superación de la Pobreza; institución que presta apoyo a los municipios, en comunas con menores niveles de desarrollo del país.
En el caso de profesionales o técnicos que ejerzan labores en una Municipalidad, Corporación o Fundación Municipal, o en la Fundación para la Superación de la Pobreza institución que presta apoyo a los municipios en comunas con menores niveles de desarrollo del país, se entenderá por servicio remunerado aquel que se efectúe bajo cualquier forma jurídica que contemple a lo menos 44 horas semanales, o bien la prestación de un determinado servicio equivalente.
En el caso de profesionales que ejerzan labores en dos o más municipalidades o en una asociación de éstas, se entenderá cumplido lo dispuesto en el punto anterior, si a lo menos 22 horas semanales de trabajo se desarrollan en el municipio de una comuna con menores niveles de desarrollo del país.
Solo en el caso de profesionales que se desempeñen en establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, podrán participar sólo los Médicos Cirujanos y Cirujanos Dentistas, deudores de los créditos señalados, que hayan obtenido una especialidad y desarrollan sus funciones en una comuna con menores niveles de desarrollo del país, con a lo menos 22 horas semanales de trabajo en dichos servicios.
2- MONTO DEL BENEFICIO
Beneficio anual: Es aquel que corresponde por cada año de servicio prestado, con un máximo de tres, por un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, con un tope anual de dieciséis Unidades Tributarias Mensuales del mes de diciembre de cada año.
Beneficio adicional: Es aquel que corresponde por el tercer año de servicio prestado de manera ininterrumpida, por un monto equivalente a tres veces el valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año o a tres veces la cantidad pagada de su crédito durante el año calendario anterior, el cual tiene un tope de 48 UTM del mes de diciembre del mismo año. Solo podrán postular al beneficio adicional, aquellos beneficiarios(as) que obtuvieron el beneficio anual consecutivo de la Ley N° 20.330 los años 2021 y 2022 respectivamente.
3- POSTULACIÓN
Para postular al Beneficio Anual 2023, se considera un año ininterrumpido de prestación de servicios al período continuo de 12 meses seguidos y continuos, periodo que se contabilizará desde que ingresa su postulación el año 2023 hacia atrás.
Sólo podrán postular al Beneficio Adicional 2023 quienes hayan obtenido el beneficio anual consecutivo de la Ley N° 20.330 los años 2021 y 2022 respectivamente. Los postulantes deberán acreditar al menos tres años ininterrumpidos de prestación de servicios, es decir, un periodo de 36 meses seguidos y continuos, periodo que se contabilizara desde que ingresa su postulación el año 2023 hacia atrás.
Para acceder a los beneficios de la Ley 20.330, los postulantes que cumplan con los requisitos detallados deberán presentar en la Delegación Presidencial Regional de Ñuble los siguientes antecedentes:
A) Carta de postulación dirigida al Delegado Presidencial de la Región de Ñuble. (Anexo)
B) Ficha Única de Postulación, cuyos montos deben ser llenados en UTM, con decimales. (Anexo)
Se sugiere que la Ficha sea completada en computador o bien a mano con letra imprenta, se debe consignar claramente el correo electrónico y el teléfono, que serán los medios que la Delegación ocupará para tomar contacto con el postulante.
C) Copia Simple del Certificado de Título de Técnico de Nivel Superior, de Título Profesional o de Grado Académico correspondiente. La institución de educación superior debe ser autónoma y reconocida oficialmente por el Estado.
D) Fotocopia de Cédula de Identidad del postulante por ambos lados.
E.1) Sólo los deudores del Fondo Solidario del Crédito Universitario deberán presentar: Certificado emitido por el respectivo Administrador General del Fondo de Crédito Solidario, Ley N° 19.287, en que conste la condición de deudor, la circunstancia de haber realizado la Declaración Anual de Ingresos, el monto de la cuota que le corresponde pagar en el año, el saldo por pagar de la deuda y el hecho de estar al día en sus obligaciones.
E.2) Sólo los deudores del Crédito con Garantía Estatal (CAE) deberán presentar: Certificado emitido por la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, Ley N° 20.027, en que conste la condición de deudor, el saldo por pagar, las cuotas que faltan por pagar y el hecho de estar al día en el pago de las obligaciones.
Este certificado debe ser solicitado a través de la plataforma de atención web https://atencionpublico.ingresa.cl/alumno/user/login , seleccionar categoría de consulta, Beneficio Ley 20.330 e ingresar.
Para dudas y consultas por este trámite, INGRESA dispone de la central telefónica 600 901 1000.
F) Declaración Simple (Anexo)
G) Certificado de Representante Legal de organismo en que preste servicios, debiendo registrar un año como mínimo de antigüedad ininterrumpida, y un mínimo de 44 horas semanales de servicios prestados a una Municipalidad, corporaciones y fundaciones municipales, asociaciones municipales o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud u organizaciones no gubernamentales que presten funciones de apoyo a los municipios, de acuerdo a lo indicado en el artículo 9° del Reglamento de la Ley.(Anexo)
El certificado debe especificar los datos personales del postulante, nombre completo, RUT, fecha inicio de prestación de servicios con 44 horas semanales, profesión, cargo que desempeña, tipo de contratación y vigencia del contrato.
H) Los Médicos Cirujanos o Cirujanos Dentistas que presten servicios en los Servicios de Salud de las respectivas comunas, deberán adjuntar fotocopia de especialidad en su respectiva área y deberán acreditar especialidad CONACEM (Corporación Nacional Autónoma de Certificación de Especialidades Médicas).
I) Fotocopia de Contrato de Trabajo y/o Decreto Alcaldicio de año 2022 y año 2023, a fin de acreditar la continuidad laboral. Los postulantes al Beneficio Adicional deben acreditar la continuidad laboral de los últimos 36 meses presentando Contrato de Trabajo y/o Decreto Alcaldicio de los años 2020, 2021, 2022 y 2023.
Comunas calificadas con menor Nivel de Desarrollo, según Decreto N° 378, de fecha 28/12/2022, para aplicación de ley 20.330, año 2023, en orden de puntaje son las siguientes: Quillón, Trehuaco, Ñiquén, Ninhue, Cobquecura, Portezuelo, Coihueco, Ránquil, San Ignacio, El Carmen, San Fabián, Quirihue, Pinto, Bulnes, San Nicolás, Coelemu, Pemuco, Yungay y San Carlos.
4- PLAZO DE POSTULACIÓN
La Delegación recibirá postulaciones entre el 14 de julio y el 14 de agosto de 2023. Los antecedentes deben ser remitidos a la Oficina de Partes de la Delegación Presidencial Regional de Ñuble (ex Intendencia), ubicada en Avenida Libertad S/N, Edificios Públicos, segundo piso en la ciudad de Chillán, en horario de lunes a viernes, de 8:30 a 13:00 horas. No se recibirán postulaciones fuera de plazo.
Para consultas, contactarse con la profesional a cargo del proceso:
También pueden contactarse con Karin Núñez Arroyo al correo electrónico knuneza@interior.gob.cl y mismo número telefónico 224877818.
DOCUMENTOS ANEXOS